A la secció "Centros oficiales":
"FIJACIÓN DE LOS CUPOS FORZOSOS
DE ALUBIAS. — La circular núm. 572 de
la Comisaría General de Abastecimientos
y Transportes, publicada en el Boletín Oficial
del Estado núm. 133, de 13 de mayo
último, dicta las normas para la fijación
de los cupos forzosos de legumbres secas
de consumo humano en la campaña 1946-47, en virtud de lo dispuesto en el decreto
del Ministerio de Agricultura de 11 de
septiembre de 1945.
Determinados los cupos forzosos de entrega
obligatoria de judías en esta provincia
a 4.967 Qm. [quintars mètrics], estos Servicios Provinciales,
en virtud de las facultades que
tiene conferidas, ha procedido a la distribución
del expresado cupo entre los
diferentes términos municipales que se
expresan a continuación:
[...]; Navarcles, 5 [quintales métricos]; [...]."