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27 de març del 2024

A Navarcles no hi ha Nacionals contra els carlins (21-09-1855)

La Soberanía nacional, 21 de setembre de 1855, pàgina 2.

A la secció "Interior":

"Igualada 15.—El 3 del actual, á las seis de la tarde, se presentaron como unos 100 facciosos, la mayor parte oficiales de los que han entrado de Francia, en el pueblo de Balsereiñ [sic], distante una hora de Sellent, donde se apoderaron del capitán de la Milicia; y siguiendo de casa en casa, se llevaron las armas de unos 30 nacionales que hay en dicho pueblo; la mayor parte estaban trabajando en el campo; pero al capitán se lo llevaron preso y hasta el amanecer no tocaron á rebato en Sallent, San Pedro [Santpedor], Navarcles y Manresa. Esto es un enredo. Las tropas no trabajan; la facción aumenta; los que mas trabajaron á favor de la libertad en la guerra de los siete años*, son los que ahora carecen de armas; solo las tienen los que menos confianza inspiran; los pueblos mas liberales, no tienen ninguna. En Calaf ni Sellent no hay ningún nacional y son los que más padecieron en la lucha pasada. [...].
[...]."

* Primera guerra carlina o Guerra dels set anys (1833-1840)

12 de maig del 2020

La visita del general Bassols (16-09-1855)

Gaceta de Madrid, núm.988, 16 de setembre de 1855, pàgina 3.

Una notícia de "Interior":

"MANRESA 11 de Setiembre. — Como ya sabrá V., tenemos en esta al decidido General Bassols [Joaquim de Bassols i de Maranyosa], y su presencia ha reamimado el espíritu de todos los buenos liberales. Tenemos confianza ilimitada en este Jefe, y creemos sinceramente que con él las cosas van á tomar un nuevo sesgo, y que pronto se acabarán las desautorizadas partidas que vagan á la ventura, sin armas, sin crédito, sin dinero, sin ni siquiera esperanzas.
Ayer el General Bassols estuvo en Navarcles, donde fué recibido con entusiasmo. Pudo convencer al pueblo, y les hizo que acudiesen á tomar las armas, organizando una compañía de Nacionales en debida forma, dispuesta á batirse siempre que se presente la ocasión, y decidida á derramar su sangre en defensa de la causa santa de la libertad.
[…]."

Concessió de l’aigua del riu Llobregat (20-06-1855)

Gaceta de Madrid, núm.900, 20 de juny de 1855, pàgina 1.

Agricultura.- Riegos.- Real órden concediendo á D. Antonio Blaha Real autorización para tomar agua del río Llobregat con objeto de aplicarla al riego de una heredad, y denegándola á D. José Serra.

MINISTERIO DE FOMENTO
Agricultura. – Riegos.
Vistos los expedientes remitidos por V. S., é instruidos el primero á instancia de D. Antonio Blahá, vecino de San Fructuoso de Bages, en solicitud de Real autorización para tomar agua del rio Llobregat, entre los puntos llamados Campo de la Sinia y San Onofre, con objeto de aplicarla al riego de la heredad que posee llamada Don Benito de Baiges [sic], en el término de la Vall dels Horts, y dar movimiento á dos distintas fábricas, y el segundo á la de D. José Serra, vecino de Navarcles, solicitando igual aprovechamiento de aguas para una fábrica que intentaba construir en terreno de su propiedad:
Vista la prioridad en tiempo de la primera de dichas solicitudes, y atendiendo á que la concordia que se dice haberse verificado entre ambos interesados ante la Baylía del Real Patrimonio en el año de 1845, no pudo perjudicar al dominio del Estado, cuyo ejercicio en la materia regularizó la Real órden de 14 de Marzo de 1846, sin que sobre ella haya habido reclamación alguna por ninguno de los solicitantes, S. M. la Reina (Q. D. G.), conformándose con lo propuesto por V. S., el Ingeniero de la provincia, la Diputación provincial y la Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos, se ha servido denegar la pretensión de D. José Serra, y conceder al expresado Don Antonio Blahá la Real autorización que solicita, sin perjuicio de los derechos de propiedad de cualquiera otro interesado, con la obligación de observar en la construcción de las obras las siguientes condiciones:
1ª La presa para la toma de aguas se situará en el punto que señala el plano, y en la propia forma, disposición y dirección que en el mismo se marca.
2ª La altura del coronamiento de la presa será á lo mas 1m 40 (5 pies castellanos) sobre la cara de aguas en las ordinarias del rio.
3ª Las aguas se otorgan con el único objeto de dar movimiento á la fábrica de hilados que el interesado piensa construir, debiendo volver al rio todas las que tome con este motivo en el mismo punto que los planos indican.
4ª No podrá el concesionario utilizar dichas aguas en riegos ú otros usos que disminuyan sensiblemente su caudal, y bastará la prueba de haber faltado á esta cláusula de la concesión para que le sea retirada.
Y á fin de que la obra se ejecute bajo la inspección y responsabilidad del Ingeniero de la provincia con arreglo al plano aprobado, le devuelvo á V. S. rubricado por mí á los efectos consiguientes.
De Real órden lo comunico á V. S. para su conocimiento, y á fin de que se comunique á los interesados. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 25 de Mayo de 1855.=Luxán.= Sr. Gobernador de la provincia de Barcelona.

22 de desembre del 2017

Conflicte a la confraria de la Verge del Roser (06-11-1855)

Diario de Barcelona, núm.310, 6 de novembre de 1855, pàgina 3.

"Anuncios judiciales.
Don Francisco Oms, Alcalde constitucional de la ciudad de Manresa, regente del juzgado de primera instancia de la misma y su partido.- Por el presente cito, llamo y emplazo á todas las personas que se crean con derecho á la propiedad y usufruto de los bienes que dotan el beneficio perpétuo simple eclesiastico bajo invocacion de la Virgen del Rosario, fundado en la parroquial iglesia de Navarcles por Pedro Oliveras, labrador de aquel pueblo, ante D. José Comas, escribano público que fué de la ciudad de Vich, á los cuatro de mayo de mil setecientos diez y siete [04-05-1717], para que dentro el término de veinte dias contaderos desde la publicacion del presente en el «Boletin oficial» de la provincia comparezcan en este juzgado por sí ó por medio de legitimo procurador á deducir sus pretensiones en méritos del espediente promovido por Francisco Vintró, hacendado de Navarcles, pidiendo la adjudicacion á su favor de los bienes y rentas del referido beneficio; con apercibimiento de que pasado dicho término, se continuará el mismo espediente, sin mas citarles ni emplazarles, y les parará el perjuicio que haya lugar. Dado en Manresa á veinte y tres de octubre de mil ochocientos cincuenta y cinco.- Francisco Oms.- Por su mandado, Iguacio Mandrés, escribano."

L'arrendament de l'impost sobre la venda de carn (20-10-1855)

Diario de Barcelona, núm.293, 20 d'octubre de 1855, pàgina 11.

"Diputacion provincial de Barcelona. 
Las subastas para el arriendo de los arbitrios sobre carnes durante el año próximo, que han de verificarse en 22 del corriente mes, cada una en su respectivo pueblo y en la cabeza del partido simultáneamente ante sus Ayunlamientos, corresponden á las poblaciones siguientes: [...]. - Del de Manresa: [...], Navarcles, [...]. [...]."

Condecoració de 5 milicians nacionals de Navarcles (31-08-1855)

Diario de Barcelona, núm.263, 31 d'agost de 1855, pàgina 9.

"Subinspeccion de Milicia nacional de Barcelona. 
D. Antonio Brasosa, Ayudante del primer batallon de línea de Milicia nacional de esta ciudad, ayudante de ordenes del señor sub-inspector de esta provincia y uno de los fiscales de la Junta calificadora para el derecho á la Cruz y Placa titulada de Constancia, concedida á los milicianos nacionales que llevan más de 10 y 12 años de servicios:
[...].
[Núm.º de espediente.] 154
[Se considera con derecho á la Cruz y Placa] D. José Aguilar, vecino y propietario de Navarcles.
[por tener Años Meses Dias de servicio] 13 11 15

[Núm.º de espediente.] 155
[Se considera con derecho á la Cruz y Placa] D. Jaime Bosch y Tapias, vecino y propietario de id. [Navarcles]
[por tener Años Meses Dias de servicio] 13 11 15

[Núm.º de espediente.] 158
[Se considera con derecho á la Cruz y Placa] D. Francisco Fontcuberta, vecino y propietario de Navarcles.
[por tener Años Meses Dias de servicio] 13 11 8

[Núm.º de espediente.] 159
[Se considera con derecho á la Cruz y Placa] D. Jaime Bosch y Arsegel, vecino y fabricante de id. [Navarcles]
[por tener Años Meses Dias de servicio] 13 11 8

[Núm.º de espediente.] 160
[Se considera con derecho á la Cruz y Placa] D. Salvador Reguan y Estrada, vecino y propietario de id. [Navarcles]
[por tener Años Meses Dias de servicio] 13 11 8

1 d’agost del 2013

Organització d'una companyia de nacionals contra els carlins (16-09-1855)

La España, 16 de setembre de 1855, n.2.287, pàgina 2.

A la secció "Interior", una notícia en relació a l'Aixecament carlí de 1855-1856:

"Manresa 11 de setiembre.—Como ya sabrá Vd. tenemos en esta al decidido general Bassols y su presencia ha reanimado el espíritu de todos los buenos liberales. Tenemos confianza ilimitada en este gefe y creemos sinceramente que con él las cosas van á tomar un nuevo sesgo y que pronto se acabarán las desautorizadas partidas que vagan á la ventura, sin armas, sin crédito, sin dinero, sin ni siquiera esperanzas.
Ayer el general Bassols estuvo en Navarcles, donde fué recibido con entusiasmo. Pudo convencer al pueblo, y les hizo que accediesen á tomar las armas, organizando una compañía de nacionales en debida forma, dispuesta á batirse siempre que se presente la ocasión, y decidida á derramar su sangre en defensa de la causa santa de la libertad.
[...]."

24 de juliol del 2011

Creació d'una Companyia de nacionals (16-09-1855)

El Clamor Público, 16 de setembre de 1855, pàgina 2.

A la secció "Correo de las provincias":

"El general Bassols estuvo ultimamente en Navarcles donde fue recibido con entusiasmo. Pudo convencer al pueblo, y les hizo que accediesen á tomar las armas organizando una compañía de nacionales en debida forma, dispuesta á batirse siempre que se presente la ocasión y decida á derramar su sangre en defensa de la causa de la libertad."

60 fusells per a la Milícia nacional de Navarcles (04-09-1855)

El Clamor Público, 4 de setembre de 1855, núm.3410, pàgina 3.

A la secció "Cronica de las provincias":

"FUSILES.- Se han mandado por orden del capitan general de Barcelona cincuenta ó sesenta fusiles á Navarcles para ser distribuidos á la Milicia de aquel punto."

12 de juny del 2011

Concessió d'aigues del Llobregat per a una fàbrica (20-06-1855)

La Época, 20 de juny de 1855,núm.1.920, pàgina 1.

A la secció "Parte Oficial de la Gaceta", corresponent al Ministerio de Fomento, s'informa:

"Vistos los espedientes remitidos por V.S., é instruidos el primero á instancia de D. Antonio Blahá, vecino de San Frutuoso de Bages, en solicitud de real autorizacion para tomar aguas del río Llobregat, entre los puntos llamados Campo de la Sinia y San Onofre, con objeto de aplicarla al riego de la heredad que posee, llamada D. Benito de Baiges, en el término de la Vall dels Horts, y dar movimiento á dos distintas fábricas, y el segundo á la de D. José Serra, vecino de Navarcles, solicitano igual aprovechamiento de aguas para una fábrica que intentaba construir en terreno de su propiedad.
Vista la prioridad en tiempo de dichas solicitudes, y atendiendo á que la concordia que se dice haber verificado entre ambos interesados ante la Baylía del real patrimonio en el año 1843, no pudo perjudicar el dominio del estado, cuyo ejercicio en la materia regularizó la real óden de 14 de marzo de 1846, sin que sobre ella haya habido reclamación alguna por ninguno de los solicitantes, S.M. la reina (Q.D.G.), contornándose con el propuesto por V.S., el ingeniero de la provincia, la diputación provincial y la junta consultiva de caminos, canales y puertos, se ha servido denegar la pretensión de don José Serra, y conceder al espresado D. Antonio Blahá la real autorización que solicita, sin perjuicio de los derechos de propiedad de cualquiera otro interesado, con la obligación de observar en la construccion de las obras las siguientes condiciones:
1.ª La presa para la toma de aguas se situará en el punto que señala el plano, y en la propia forma, disposición y direccion que en el mismo se marca.
2.ª La altura del coronamiento de la presa será á lo mas 1 m 40 (3 pies castellanos) sobre la cara de aguas en las ordinarias del río.
3.ª Las aguas se otorgan con el único objeto de dar movimento á la fábrica de hilados que el interesado piensa construir, debiendo volver al rio todas las que tome con este motivo en el mismo punto que los planos indican.
4.ª No podrá el concesionario utilizar dichas aguas en riegos ú otros usos que disminuyan sensiblemente su caudal, y bastará la prueba de haber faltado á esta cláusula de la concesión para que le sea retirada.
Y á fin de que la obra se ejecuta bajo la inspeccion y responsabilidad del ingeniero de la provincia con arreglo al plano aprobado, le devuelvo á V.S. rubircado por mí á los efectos consiguientes.
De real órden lo comunico á V.S. para su conocimiento, y á fin de que se comunique á los interesados. Dios guarde á V.S. muchos años. Madrid 23 de mayo de 1855. -Lujan- Señor gobernador de la provincia de Barcelona."

4 de febrer del 2010

La detenció d'un falsificador de moneda (20-08-1855)

El Áncora, núm.2053, 20 d'agost de 1855, pàgina 812.

Dins la secció "Anuncios oficiales" s'inclou un apartat dedicat al "CUERPO DE ESQUADRAS DE CATALUÑA", en el qual s'informa de:

"La subdivision [del cos d'esquadres] de Sallent detuvo en el pueblo de Navarcles á Macian Viladoms natural de San Vicente de Castellet, por espendedor de moneda falsa y otros delitos; el cual fue puesto á disposicion del señor juez de 1.ª instancia del partido de Manresa que decretó su captura."