"MINISTERIO DE FOMENTO.
Obras públicas.
Ilmo. Sr.: Visto el espediente instruido á instancia
de don José Vidal y Sellares, vecino de
Navarcles, provincia de Barcelona, en solicitud de
real autorización para aprovechar aguas del rio
Llobregat, en el término de San Fructuoso de
Baiges [sic], con destino á dos fábricas de hilados que
intenta construir:
Vistos los informes favorables del ingeniero,
diputación y gobernador de la provincia, y el
de la junta consultiva de caminos, canales y
puertos:
Considerando que instruido el espediente con
arreglo á la real órden de 14 de marzo de 1846,
las oposiciones que se presentaron por los interesados
en otras fábricas han sido desvanecidas
completamente por los citados informes, S. M.
la reina (Q. D. G.) ha tenido á bien acceder á lo
solicitado por don José Vidal y Sellares, sin perjuicio
de los derechos de propiedad de cualquiera
otro interesado, sujetando esta concesión á las
mismas condiciones que fueron impuestas en la
otorgada á don Antonio Blahá por real orden de
25 de mayo de 1853, y declarada su caducidad
por otra de 21 de setiembre del propio año, cuyas
condiciones son las siguientes:
Primera. La presa para la toma de aguas se
situará en el punto que señala el plano, y en la
propia forma, disposición y dirección que en el
mismo se marcan.
Segunda. La altura del coronamiento de la
presa será á lo mas de un metro 40 centímetros
(cinco pies castellanos) sobre la cara de aguas en
las ordinarias del rio.
Tercera. Las aguas se otorgan con el mismo
objeto al dar movimiento á las fábricas que el
interesado piensa construir, debiendo volver al
rio todas las que tome con este motivo en el mismo
punto que el plano indica.
Cuarta. No podrá el concesionario utilizar
dichas aguas en riegos ni otros usos que disminuyan
sensiblemente su caudal, y bastará la
prueba de haber faltado á esta cláusula de la concesión
para que le sea retirada.
Y quinta. La obra ha de ejecutarse bajo la inspección y responsabilidad del ingeniero de la
provincia, con arreglo al plano aprobado.
De real orden lo comunico á V. I. para su
conocimiento y efectos correspondientes. Dios
guarde á V. I. muchos años. Madrid 8 de agosto
de 1856.—Collado.—Señor director general de
obras públicas."