A la secció "Parte oficial":
"MINISTERIO DE FOMENTO.
Aguas.
Ilmo. Sr.: De conformidad con lo propuesto por
esa Dirección general, y por la Sección cuarta de la
Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos,
S. M. la Reina (Q. D. G.) ha tenido á bien autorizar
al Ayuntamiento de Navarcles para imponer la servidumbre
de acueducto en una finca de D. José Serra,
sita en el término de dicho pueblo, provincia de
Barcelona, con el objeto de conducir aguas de su
pertenencia para aumentar las que aquella villa
aprovecha en la actualidad. Lo cual se efectuará con
sujeción á las condiciones siguientes:
1.ª Las obras se ejecutarán con arreglo al proyecto presentado, y bajo la vigilancia del Ingeniero
Jefe de la provincia.
2.ª La mina-acueducto será solo de conducción
en el trecho que atraviesa los terrenos de D. José
Serra, revistiéndola convenientemente á fin de que
no absorba cantidad alguna de agua en el referido
trayecto.
3.ª Esta autorización caducará si en el término
de un año no se dá principio á las obras.
De Real órden lo digo á V. I. para su inteligencia
y efectos consiguientes. Dios guarde á V. I. muchos
años. Madrid 30 de Junio de 1863.
MORENO LOPEZ.
Sr. Director general de Obras públicas."