Reales órdenes elevando los cupos que por consumos satisfacen los pueblos de [...], Navarclés, [...].
Excmo. Sr.: Pasado á informe del Consejo de Estado en pleno el expediente instruido para aumentar el cupo de consumos al pueblo de Navarclés, provincia de Barcelona, dicho alto Cuerpo lo ha evacuado en los términos siguientes:
«Excmo. Sr.: En cumplimiento de la Real orden de 7 de Junio, ha examinado el Consejo el expediente instruido para elevar los cupos que satisface por consumos y cereales el Ayuntamiento de Navarclés, provincia de Barcelona, y remitidos á los efectos del art. 14 de la ley de Presupuestos de 21 de Julio de 1878.
De sus antecedentes resulta que pagando 3.250 pesetas, y constando de 1.761 vecinos, no satisface cada uno de sus habitantes más que 2’06, por lo que la Administración económica propuso un aumento de 3.250 sobre lo que hoy le está asignado.
El Ayuntamiento no aceptó el aumento, manifestando que la mayoría de sus vecinos son jornaleros y colonos.
La Dirección general propuso un aumento de 5.555, con lo cual deberá satisfacer 8.805, que se hará efectivo con arreglo á la Real orden de 27 de Noviembre próximo pasado.
Vistos estos antecedentes:
Vista la circular de 20 de Agosto de 1878; y
Considerando que este pueblo desde 1860 ha aumentado en 190 el número de sus habitantes, y que cada uno de ellos debe pagar á razón de 5 pesetas, por ser su vecindario mayor de 1.000 almas:
Considerando que el encabezamiento que le está señalado de 3.250 pesetas dista mucho del que le corresponde, y que las razones aducidas por el Ayuntamiento no desvirtúan los datos aducidos por la Dirección general;
El Consejo entiende que procede el aumento propuesto por dicho Centro directivo.»
Y conformándose S. M. el Rey (Q. D. G.) con el preinserto informe, se ha servido resolver como en el mismo se propone.
De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 7 de Agosto de 1880.
COS-GAYON.
Sr. Director general de Impuestos