10 de juny del 2020

Navarclines afectades pel robatori d'un banc (06-12-1943)

Boletín Oficial del Estado, núm.340, 6 de desembre de 1943, pàgina 4.331-4.334.

A la secció "Administración de justicia":

MANRESA
Cédula de notificación 
En el expediente número 30 de 1941 sobre extravío de valores de que se hará mención se ha dictado la sentencia que en su parte necesaria del tenor literal y siguiente:
«Sentencia.—En la ciudad de Manresa, a diecisiete de septiembre, de mil novecientos cuarenta y uno.
Yo, Isaac José Medina Garijo, Juez de Primera Instancia de la misma y su partido, he visto los presantes autos sobre extravío de valores que con el número 30 de 1941 se tramitan en este Juzgado, en incidente, promovidos por la entidad «Padró Hermanos», Compañía Mercantil regular colectiva, domiciliada en esta ciudad, [...].
[...] la entidad demandante «Padró Hermanos», formuló demanda con fecha veintitrés de diciembre del año próximo pasado, promoviendo expediente por robo de valores, [...], al objeto de impedir que se pague a tercera persona el capital, los intereses o dividendos vencidos o por vencer de los valores que luego se dirán, así como para evitar se transfiera a otra persona la propiedad de dichos títulos o conseguir sea expedido a favor del propietario un duplicado de los mismos, [...]. [...]; que los títulos referidos y personas propietarias de ellos son los siguientes:
[...].
n) Deuda Amortizable 5 por 100 libre: Un título, emisión 1927, serie A, de valor nominal 500 pesetas, número 660.317, con cupón primero de abril de 1940 y siguientes, perteneciente a doña Benita Abeyá Galobardes, de Navarclés, a título de herencia, y la propiedad del cual se adquirió por compra mediante póliza de operación al contado, número A 0045891, clase undécima, en 14 de enero de 1933, como justifica la declaración jurada presentada en 13 de julio de 1940 al ilustrísimo señor Delegado de Hacienda de Barcelona, registrada en dicha Delegación al número 16.643, calificada de conformidad por la Junta de la Deuda, en sesión del día 26 del mismo mes, que original acompaña de número 15.
[...].
o) Deuda Perpetua Interior 4 por 100: Cinco títulos, emisión 1930, serie A, de valor nominal 500 pesetas cada uno, números 240.412 y 13 .y 240.415 al 17, con cupón l.º de abril de 1940 y siguientes, los cuales pertenecen a doña Josefa Abeyá Galobardes, de Navarclés, en virtud de herencia habiéndose adquirido su propiedad por compra, mediante operación al contado, con pólizas números A. 0075671, clase 11.ª, de fecha 24 de febrero de 1935; A. 0007473, clase 10.ª, de f'echa 12 de marzo de 1927, según justifica la declaración jurada formulada en 13 de julio de 1940 al Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de Barcelona, registrada en dicha Delegación al núm. 16.641, calificada de conformidad por la Junta de la Deuda en sesión del día 4 de octubre de 1940, que original acompaña de número 17.
[...].
q) Deuda Perpetua Interior 4 por 100: Tres títulos, emisión 1930, dos de ellos de la serie A, de valor nominal 500 pesetas cada uno, números 288.221 y 22, y el otro de la serie B, de valor nominal 2.500 pesetas, número 65.314, con cupón 1.° de Octubre de 1936 y siguientes, que pertenecen a doña María y doña Loreto Sellares Singla, de Navarclés, en virtud de herencia, y cuya propiedad fue adquirida por compra mediante pólizas de operación al contado, números A. 0026397, clase 10.ª, de fecha 25 de abril de 1924, y A. 0177250. clase 14.ª, de fecha 2 de noviembre de 1929, según acredita la declaración jurada presentada en 24 de julio de 1940, en Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de Barcelona, registrada en dicha Delegación, al número 16.798, califiacada de conformidad por la Junta de la Deuda, en sesión del día 9 de agosto del mismo año, que original acompaña de numero 19, etcétera, etcétera;
Fallo: Que estimando la demanda de estos autos, debo declarar como declaro, que pertenecen a [...]; doña Josefa Abellá Galobardes; [...], y a doña María y a doña Loreto Sellares Singla, los valores del Estado detalladamente reseñados, [...].
[...].