El Monitor, 30 de maig de 1901, pàgina 6; 8 d'agost de 1901, pàgina 7; 25de desembre de 1901, pàgina 6.
"Intervención de Hacienda. — TENEDURÍA. — Relación de los Ayuntamientos cuyos recargos municipales ingresados hasta fin de Marzo ultimo, no han cubierto el
importe de las atenciones de primera enseñanza del primer trimestre, con expresión de las cantidades que en concepto de complemento deben ingresar dentro del plazo de
diez días que se les concede al efecto; bajo apercibimiento de proceder contra los morosos por la vía ejecutiva de apremio.
[...].
[Pueblo] Navarcles
[Pesetas] 454'31
[...]."
"Intervención de Hacienda de la provincia de Barcelona.— TENEDURÍA. — Obligaciones de primera enseñanza. — 2° trimestre de 1901. — Relación de las cantidades
que en el improrrogable plazo de 10 días deben ingresar los Ayuntamientos para completar el pago de las atenciones del expresado trimestre, bajo apercibimiento de proceder ejecutivamente contra los morosos.
[...].— Navarcles, 427'74 [pessetes].— [...]."
"Delegación de Hacienda de la provincia de Barcelona.— TENEDURÍA. — Relación
de las cantidades que deben ingresar los Ayuntamientos que á continuación se expresan para el completo abono de las obligaciones de primera enseñanza correspondiente
al 4º trimestre del año actual; advirtiendo que los que no hayan verificado el pago el
ultimo día del actual, se procederá por la vía de apremio:
[...].
Partido de Manresa: [...]; Navarcles, 456 [pessetes]; [...].
[...]."