16 de març del 2020

Conflictes pel primer casament civil (27-05-1871)

La humanidad, Año II, núm.21, 27 de maig de 1871, pàgines 7-8.

A la secció "Crónica. Más sobre crímenes católicos":

"Hace ya dias que sabiamos de un modo segurísimo otro escándolo por intolerancia y fanatismo del cura párroco del pueblo de Navarcles inmediato á Manresa; pero no le quisimos dar a la estampa porque vimos que el anterior Gobernador no daba ningun valor ni importancia á la queja que, en forma de oficio altisonante, le habia pasado el ciudadano Obispo de Vich en defensa de dicho cura y contra el apreciable y honrado alcalde popular del citado pueblo; mas ahora que hemos visto que el actual Gobernador ha dado curso á dicha injustificable queja y el informe que sobre ella devuelve el Alcalde, inserto todo en el número 7 de la acreditada revista LA REDENCION SOCIAL, nos concretaremos únicamente á narrar los hechos, por cuanto la mucha estencion de ambos documentos, nos priva de darles cabida.
El 4 de marzo último, se celebró en dicho pueblo el primer matrimonio civil, y con tan plausible motivo, el novio pidió al campanero que, pagando, repicase las campanas. Este tuvo precision de decírselo al párroco, el cual se negó rotundamente, haciéndose entregar el juego de llaves del campanario, propias del Ayuntamiento, que es el que paga al campanero. Sabido por el Alcalde, le pasó un oficio al cura, reclamándoselas. Este las entregó, pero sin abrir las puertas de la Iglesia por la que se ha de pasar para subir al campanario, lo que originó nueva comunicación del Alcalde, de la cual no hizo esta vez el cura caso alguno. Entonces la autoridad, en uso de su derecho, mandó forzar la puerta, y solo entonces fué cuando el cura la franqueó, pero protestando á voces como un energúmeno; lo que no evitó repicasen las campanas con tanto aplauso del pueblo, como escandalizado se habia mostrado por la rebeldía de aquel cura, faccioso declarado, por el mero hecho de oponerse tan abiertamente al justo mandato de la autoridad; y que, de simple guardia que es de un edificio propio del Comun, quiso erigirse en dueño absoluto; olvidando que, ántes que párroco ó dependiente pagado, es ciudadano y por lo tanto viene obligado á obedecer las leyes del pais que le mantiene. Mas esto no es de estrañar, pues un sacerdoto absolutista de pur sang [sic] que habia lanzado varios sermones desde el púlpito en contra de la lay del matrimonio civil hecha en Córtes y que habia empleado toda su influencia y artimañas para que no se celebrase el que nos ocupa, claro está que no podia mirar con buenos ojos aquel acto. No prevemos cómo resolverá este caso el Gobernador de la Provincia; pero sí diremos que lo que debia haber hecho el demasiado tolerante Alcalde, es entregar el cura al Juzgado del partido para que le hubiesen aplicado cierto artículo del Código penal que trata del desacato y resistencia á la autoridad."