Dirección general de Obras públicas.- Otorgando al Ayuntamiento de Navarcles la concesión para alumbrar aguas de la riera del mismo nombre.
Visto el expediente incoado á instancia del Ayuntamiento de Navarcles para alumbrar aguas de la riera del mismo nombre;
S. M. el Rey (Q. D. G.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, de acuerdo con lo propuesto por esta Dirección general, ha tenido á bien otorgar dicha concesión, con las condiciones siguientes:
1ª. Las obras se ejecutarán con sujeción al proyecto y plano presentados, y, por lo tanto, en la zona que en el mismo se indica y con las condiciones señaladas en la Memoria,
2ª. De las aguas alumbradas podrá destinarse una parte al abastecimiento de la población y el sobrante al riego de terrenos con arreglo al proyecto, quedando limitada la concesión al caudal que se alumbre con el pozo proyectado, para evitar en lo sucesivo las cuestionas que pudieran surgir con motivo de las nuevas autorizaciones para alumbramientos que pudieran solicitar.
3ª. Empezarán las obras en el plazo de un mes y terminarán en el de tres meses, á cuyo efecto deberá darse conocimiento á V. S. de su principio y terminación.
4ª. Una vez terminadas las obras se procederá por la Jefatura de Obras públicas de la provincia á practicar un reconocimiento de las mismas, levantándose el acta correspondiente; los gastos que ocasione este reconocimiento serán de cuenta del Ayuntamiento de Navarcles.
5ª. Esta concesión se entiende hecha, salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de tercero.
6ª. Esta autorización caducará si se faltare por el Ayuntamiento de Navarcles á alguna de las condiciones con que se otorga, siguiéndose en tal caso los trámites prevenidos en las disposiciones vigentes.
De orden del Sr. Ministro lo comunico á V. S. para su conocimiento, el de la citada Corporación municipal y fines consiguientes. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 7
de Febrero de 1901. El Director general, P. de Alzóla.= Sr. Gobernador civil de la provincia de Barcelona.