4 de setembre del 2026

Com es governaven abans els municipis (14-07-1956)

Solidaridad nacional, 14 de juliol de 1956, pàgina 5.

A la secció "Recuerdos históricos":

"Cómo se gobernaban unos municipios hace algunos siglos
En cada lugar de la Baronía tiene San Benito su Consejo, que se compone de alcalde, algunos jurados, un sindico, un «clavari» y el «mostassá». En principio, el alcalde es nombrado directamente por el Monasterio; después, éste lo escoge de una terna que presenta la Universidad del lugar. La elección de los jurados se celebra en el Monasterio. En un día determinado, que suele ser el de San Benito o bien el domingo siguiente, los vecinos de cada localidad se congregan en la plaza de la Abadía; se ponen en una bolsa los nombres de los que, a juicio de la mayoría, pueden ser reelegidos y un niño va sacando tantos nombres como son necesarios. El acto se anuncia con toque de campana; se efectúa en presencia de testigos y se toma nota que se continúa en los libros de la Curia Civil de la Abadía. Terminada la ceremonia, los jurados entrantes, los salientes y otras personas de consideración pasan a la habitación del abad, y aquel día comen en su mesa.
El alcalde ostenta vara alta en todo su territorio. Hasta la formal organización del Consejo, se ha ocupado sólo de la recolección de censos; así, no es raro que en una misma parroquia haya tantos alcaldes como señores alodiales. El alcalde es la representación genuina de la autoridad del abad; por ello, en una ocasión en que los habitantes de Navarcles se resisten a pagar al alcalde el tributo de las aceitunas, claman «via sus contra l'abad». Como sea que los alcaldes de San Benito, Navarcles y San Fructuoso deben asistir juntos a diversas funciones, sobre todo religiosas, el orden de preeminencia entre ellos consiste en ir delante el alcalde del lugar donde se celebra el acto.
Los jurados actútan de consejeros del alcalde en la dirección de la cosa pública, y son renovados cada año, a diferencia del síndico, que ostenta el cargo durante un trienio.
El Consejo celebra sesiones ordinarias y extraordinarias. Estas tienen lugar en la plaza pública y ante testigos; se anuncian con toque de campana y no pueden celebrarse sin la autorización del abad, la cual debe renovarse por escrito cada trimestre.
Como fuentes de ingresos, cuenta el Consejo con los llamados arbitrios municipales, o derechos «d'hospitar, de macell, de gavella, de fleca i de mesura», los cuales se arriendan anualmente y de su producto se reserva una pequeña prestación para el Monasterio, como señor directo."