"CONSEJO SUPERIOR DE GUERRA Y MARINA
PENSIONES
[...].
Circular. Excmo. Sr.: Por la Presidencia de este Consejo Supremo se dice con esta fecha á la Dirección general de la Deuda y Clases Pasivas, lo siguiente:
Este Consejo Supremo, en virtud de las facultades que les están conferidas, ha declarado con derecho á pensión á los comprendidos en la siguiente relación, [...]. Los haberes pasivos de referencia se satisfarán á los interesados, como comprendidos en las leyes y reglamentos que se expresan, por las Delegaciones de Hacienda de las provincias y desde las fecgas que se consignan en la relación; [...].
[...].
[Autoridad que ha cursado el expediente] G. M. Barcelona
[nombre de los interesados] María Fornells Serra
[parentesco con los causantes] Madre
[empleos y nombres de los causantes] Soldado, Valentín Ribó Fornells
[pensión anual que se les consede] 183'50 [Ptas. Cts.]
[leyes ó reglamentos que se les aplican] 15 de julio de 1896 y 8 de julio de 1860
[fecha en que debe empezar el abono de la pensión] 18 agosto 1905
[Delegación de Hacienda de la provincia en la que se les consigna el abono] Barcelona
[residencia de los interesados: pueblo, provincia] Navarcles, Barcelona
[observaciones] Se le abona la pensión desde la fecha correspondiente á los cinco años anteriores á su instancia
[...]."